* 1. Exclusivamente créditos con destino adquisición, ampliación y/o refacción
de viviendas, nuevas o usadas, por hasta el 70 % del valor de la propiedad
a adquirir, ampliar y/o refaccionar. Plazos de reembolso: 5, 10, 15 ó 20 años.
2. Para un crédito de $50.000,
a un plazo 5 años: T.N.A. fija: 9.00% (T.E.A.:
9.38%; C.F.T.: 14.64%),
a un plazo 10 años: T.N.A. fija: 9.75% (T.E.A.: 10.20%;
C.F.T.: 14.22%),
a un Plazo de 15 años: T.N.A. fija: 9.75% (T.E.A.: 10.20%;
C.F.T.:13.67%),
a un Plazo 5 años: T.N.A. variable: 7.50% (T.E.A.: 7.76%;
C.F.T.: 13.20%),
a un Plazo 10 años: T.N.A. variable: 8.00% (T.E.A.: 8.30%;
C.F.T.: 12.58%),
a un Plazo 15 años: T.N.A. variable: 8.50% (T.E.A.: 8.84%;
C.F.T.: 12.50%), a un Plazo de 20 años: T.N.A. variable: 8.75% (T.E.A.: 9.11%;
C.F.T.: 12.38%).
El C.F.T. incluye: interés, comisión de administración, IVA
s/comisión de administración, seguro de vida, seguro de incendio, IVA s/seguro
de incendio, impuestos internos s/seguro de incendio. 3. Eventual aprobación
sujeta a la evaluación por el Banco de: (I) la aptitud crediticia de los solicitantes
(conforme pautas de política crediticia y riesgo del B.C.R.A. y las generalmente
aceptadas) y (II) la aptitud jurídica y económica del bien ofrecido en garantía.
4. Ingreso mínimo requerido para cada grupo familiar solicitante: $ 1.500.-
netos mensuales.
** 2. Podrán hacer uso del presente beneficio aquellos tenedores de Cédulas Hipotecarias
[de Ahorro] de cualquier serie. Las Cédulas Hipotecarias de Ahorro son los Valores
de Deuda Fiduciarios Senior emitidas en el marco del Programa Global de Valores
Fiduciarios "Cédulas Hipotecarias Argentinas", autorizado por Resolución Nro.
14.814 de fecha 3 de junio de 2004 de la Comisión Nacional de Valores. El beneficio
será otorgado a los solicitantes mediante reintegro en caja de ahorro o cuenta
corriente abierta en el Banco Hipotecario S.A. de los gastos de mudanza, hasta
un monto máximo de $350 + IVA. Junto con la factura por los gastos de mudanza,
el solicitante deberá presentar el contrato del alquiler, boleto de compraventa
o título de dominio del inmueble al cual se realizó la mudanza, en los que deberá figurar
como titular. Beneficio válido únicamente para mudanzas residenciales. Vigencia
y alcance del beneficio: hasta el 20 de julio de 2005 o hasta que los reintegros
totales realizados por el Banco Hipotecario S.A. en el marco del presente beneficio
sumen $40.000, lo que ocurra primero.
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